Aclaración respecto a información falsa por parte de la fesec de nuestra región.

Enviado por jorge el 23/09/2011 a las 10:51 PM

Hace un momento vi en red bio bio un reportaje acerca de la marcha a Santiago, a la que hoy convocaron en el liceo, en ese video, el presidente de la fesec menciona iuna informacion que si bien es cierto no es erronea, es falseada respecto a la realidad de los estudiantes de nuestro pais, digo ello porque la opcion de aprobar el año solo con las notas de un semestre se puede llegar a aplicar solo en casos muuuuuy excepcionalespor ejemplo un(a) alumno(a) con una enfermedad grave, que no le permita asistir a clases, obviamente las movilizaciones no son el caso correspondiente, asi que no se dejen influenciar por dichos errados, informense en los medios oficiales y lean los reglamentos correspondientes.

 El link a la noticia presentada hoy es el siguiente http://www.24horas.cl/videosRegiones.aspx?id=52324&idRegion=8

 

La respuesta a ello, debido a los rumores que circulaban en el liceo, la dio la dirección del liceo hace unos dias en la pagina oficial y es la siguiente:

 

 El Decreto exento Nº 112 / 1999 para 1º y 2º, y Decreto exento Nº 83 /2001; para 3º y 4º de Enseñanza Media establecen que una alumna para serpromovida deberá cumplir con los siguientes requisitos:

a) Haber aprobado todos los sectores, subsectores y módulos del Plan deEstudio, siendo la nota mínima de aprobación 4.0 y la asistencia a clases de 85%.

b) También serán promovidas las alumnas que no hubieran aprobado un sector o subsector o módulo, siempre que su nivel general de logro corresponda aun 4.5

    c)Igualmente serán promovidas las alumnas que no hayan aprobado 2 sectores o subsectores o módulos siempre que su nivel general de logro sea 5.0 o superior. No obstante para 3º y 4º que hayan reprobado Lenguaje yComunicaciones y / o Matemática serán promovidas, siempre que su nivelde logro general corresponda a 5.5 o superior.

              Ahora bien nuestro Liceo tiene un régimen semestral ( 2 semestres) y la calificación final de la alumna es el resultado del promedio de las notas finales semestrales . Por tanto para ser promovida deberá tomarse en consideración lascalificaciones de los 2 semestres.
      En consecuencia no es efectivo, no es válido, ni es legal la promoción con las notas correspondientes a un semestre; salvo lo estipulado en el articulo 14 letra b Decreto Nº 112 y articulo 9 Decreto Nº 83 ( referentes a la asistencia).

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